Es la Ley de Integración Social del Minusválido 13/1982, de 7 de abril.
Esta ley recoge la obligatoriedad a emplear un número de trabajadores con discapacidad (es decir, con una minusvalía reconocida de grado igual o superior a un 33%) no inferior al 2 % de la plantilla en todas aquellas empresas que tengan contratados un número de trabajadores que excedan de 50.